Ley de Teletrabajo

Nota de Ley de Teletrabaio

Ley de Teletrabajo establece conceptos mínimos para regular esta modalidad para que las negociaciones colectivas definan los aspectos específicos.

Fue aprobada el jueves 30 de julio de 2020 y se relaciona con numerosas normativas anteriores emitidas por el Ministerio de Trabajo, la Superintendencia de Riesgos de Trabajo y otros organismos que completan el tratamiento de esta modalidad de trabajo.

  • Ley de Teletrabajo
  • Ley de Contrato de Trabajo
  • Ley de Jornada Laboral
  • Resoluciones Generales del Ministerio de Trabajo
  • Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo
  • Convenios Colectivos de Trabajo
  • Usos y costumbres
  • Otros

Según el artículo incorporado a la Ley de Contrato de Trabajo habrá contrato de Teletrabajo cuando un empleado efectúe tareas de manera total o parcial en su domicilio o lugar distinto al del establecimiento del empleador.

Los convenios colectivos de trabajo regularan las situaciones específicas en función de cada actividad.

Compensación de gastos que se origine de más por conexiones o similares deberán ser acordado con el empleador como parte de la remuneración del trabajador regulado por los convenios colectivos de trabajo y exentos del impuesto a las ganancias.

Los empleados que tengan a su cargo el cuidado de menores de 13 años, personas con discapacidad o mayores de edad que requieran cuidados específicos tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo o a interrupción de la jornada.

Cuidados

  • Menores de 13 años
  • Personas con Discapacidad
  • Mayores de edad
  • Con requerimientos de cuidados específicos
  • Derecho a horarios compatibles o a interrupción de la jornada.

La jornada de trabajo pactada entre las partes debe ser emitida por escrito cumpliendo con los límites legales generales y convencionales.

Contratar extranjeros no residentes en el país requiere la aprobación previa del Ministerio de Trabajo.

La vigencia de esta nueva modalidad de contrato de trabajo entrará en vigencia luego de 90 días a partir que se determine la finalización del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

Vigencia

  • A partir de la finalización
  • 90 días

Conclusión:

Este ley de Teletrabajo formaliza los lineamientos mínimos para regular la modalidad a partir de los 90 días de finalizado el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y deja abierta la puerta para que los Convenios Colectivos de Trabajo establezcan condiciones específicas para cada actividad.

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