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Alicuotas Retencion de Ganancias Empleados

Alicuotas Retencion de Ganancias Empleados Alvaro Iriarte

El articulo 94 de la ley de impuesto a las ganancias ha sido modificado por la ley 27743 con el siguiente texto y cuadro de alicuotas anuales para el ejercicio 2024

Articulo 94 LIG Las personas humanas y las sucesiones indivisas – mientras no exista declaratoria de herederos o testamento declarado valido que cumpla la misma fmalidad- abonaran sobre las ganancias netas sujetas a impuesto las sumas que resulten de acuerdo con la siguiente escala:

Ganancia neta imponible acumulada Pagarán
Más de $ a $ $  % Sobre el ex/
1.200.000 5
1.200.000 2.400.000 60.000 9 1.200.000
2.400.000 3.600.000 168.000 12 2.400.000
3.600.000 5.400.000 312.000 15 3.600.000
5.400.000 10.800.000 582.000 19 5.400.000
10.800.000 16.200.000 1.608.000 23 10.800.000
16.200.000 24.300.000 2.850.000 27 16.200.000
24.300.000 36.450.000 5.037.000 31 24.300.000
36.450.000 en adelante 8.803.500 35 36.450.000

Los montos previstos en este articulo se ajustaran semestralmente, partir del ano fiscal 2025, inclusive, en los meses de enero y julio, por el coeficiente que surja de la variacion del Indice de Precios al a Consumidor (IPC) que suministre el Institute Nacional de Estadlstica y Censos (INDEC), organismo desconcentrado en el ambito del Ministerio de Economia, correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualizacion que se realice.

Las retenciones efectuadas durante el primer semestre de cada ano fiscal se ajustaran conforme al procedimiento que, a esos efectos, determine el Poder Ejecutivo nacional, debiendo la Administracion Federal de Ingresos Publicos establecer las modalidades y plazos para la devolucion de las sumas retenidas en exceso, en caso de corresponder.

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