Reforma Tributaria en Cargas Sociales 2019

Reforma Tributaria en Cargas Sociales 2019

Para el año 2021 se mantienen los porcentajes de contribuciones de la ley 27430 que modifico el decreto 814 continuando disminución de las remuneraciones que son base imponible en $7.003,60 para el cálculo de las contribuciones

Reforma Tributaria 2019 que modifica el Decreto 814/2001 

   CONCEPTO Decreto 814/2001 
Modificado por Ley 27430
ART. 2, INC. A) ART. 2, INC. B)
   REGIMEN NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL
  Sistema Integrado Previsional Argentino 12,35% 10,77%
  INSSJP – PAMI 1,57% 1,59%
  Asignaciones Familiares 5,40% 4,70%
  Fondo Nacional de Empleo 1,09% 0,94%
  Sub Total 20,40% 18,00%
   REGIMEN NACIONAL OBRA SOCIAL
  Obra Social 6,00% 6,00%
   Total 26,40% 24,00%

Inicialmente los porcentajes del articulo 2 inciso b irán aumentando al mismo tiempo que los porcentajes del articulo 2 inciso a irán reduciéndose hasta igualarse los incisos en el 2022 en 19,50% del Régimen Nacional de Seguridad Social.

Cuadro original de evolución de contribuciones según el decreto 814

Tipo de Empleador Año
2018 2019 2020 2021 2022
Articulo 2 inciso A 20,70% 20,40% 20,10% 19,80% 19,50%
Articulo 2 inciso B 17,50% 18,00% 18,50% 19,00% 19,50%

El importe de $2400 es un mínimo no imponible y una disminución hasta el mes diciembre de 2018 que se irá incrementando hasta el año 2022

 Año 2018 2019 2020 2021 2022
 Monto Base 12.000 12.000 12.000 12.000 12.000
 Porcentaje 20% 40% 60% 80% 100%
 Mínimo No Imponible 2.400 4.800 7.200 9.600 12.000

La Resolución 3/18 Secretaría de Seguridad Social actualiza el monto del articulo 4 del Decreto 814/01 para el año 2019.

 Año 2018 2019 2020 2021 2022
 Monto Base 12.000 17.509 17.509 17.509 17.509
 Porcentaje 20% 40% 60% 80% 100%
 Mínimo No Imponible 2.400 7.003,60 10.505,40 14.007,20 17.509

El empleador deberá optar por continuar con los beneficios de la ley 26940 para microempleadores o nuevos empleados que cumplan con los requisitos o por los beneficios de la ley 27430

Incompatibilidad de beneficios por relación laboral: La ley 27430 de reforma tributaria establece que resulta incompatible utilizar los beneficios de la ley 26940 junto a la detracción del mínimo no imponible de $2400

Compatibilidad de beneficios por contribuyente: la incompatibilidad de beneficios rige por cada relación laboral y no por contribuyente entonces un mismo empleador puede mantener los beneficios de la ley 26940 para aquellos trabajadores que lo utilizaban hasta diciembre de 2017 y utilizar la detracción de los $2400 para las relaciones laborales a partir del año 2018


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